CL 116 21 73 OF 103, San Patricio

Bogota, Colombia.

Correo electrónico 1

info@controlempresarial.co

Correo electrónico 2

controlempresarial@gmail.com

Teléfono

601 - 462 49 67

Movil

+57 323 888 40 41

De conformidad a la Ley 1116 de 2006 -LA REORGANIZACIÓN EMPRESARIAL- El proceso de reorganización pretende a través de un acuerdo, preservar empresas viables y normalizar sus relaciones comerciales y crediticias, mediante su reestructuración operacional, administrativa, de activos o pasivos.

El proceso de liquidación judicial persigue la liquidación pronta y ordenada, buscando el aprovechamiento del patrimonio del deudor. El régimen de insolvencia, además, propicia y protege la buena fe en las relaciones comerciales y patrimoniales en general y sanciona las conductas que le sean contrarias.

En consecuencia, cuando enfrentamos una situación de crisis empresarial, una de las primeras cosas que debemos plantearnos para tomar la decisión de iniciar o no el trámite de insolvencia ya sea de manera judicial o extrajudicial, en el efecto positivo y el efecto negativo de tal decisión.

Es por ello que el Estado Colombiano brinda ciertas ayudas tributarias que contienen una serie de puntos a favor, para que el comerciante decida iniciar el trámite empresarial más favorable de acuerdo a las circunstancias en las cuales se encuentre inmerso, ya sea como persona natural o jurídica.

De cualquier forma habrá que revisar todo lo correspondiente a los aspectos específicos del negocio en particular, para definir cuáles son los puntos que podrían dificultar el éxito de una alternativa como la reorganización empresarial.

En consecuencia CONTROL EMPRESARIAL S.A.S; Le ofrece los siguientes servicios:

Liquidaciones empresariales

  • Promotorias
  • Asesorías en proceso de reorganización
  • Asesorías jurídicas
  • Asesorías contables
  • Asesorías tributarias
  • Asesorías empresariales
  • Demandas ante la Superintendencia de Industria y Comercio (S.I.C)
  • Demandas ante la Superintendencia de Sociedades
  • Demandas ante la Jurisdicción ordinaria.